Comprar al por mayor siendo autónomo es perfectamente habitual, pero conviene tener algunos aspectos fiscales y administrativos claros antes de empezar, para no encontrarte con sorpresas al hacer tu primera declaración.

Esta guía ofrece información orientativa y no sustituye el asesoramiento de una gestoría o asesoría fiscal, especialmente en aspectos concretos de tu situación.

Qué necesitas tener en regla

  • Alta como autónomo en el epígrafe correspondiente a tu actividad (Hacienda y Seguridad Social).
  • NIF para poder recibir factura de tus compras a proveedores.
  • Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) si vas a comprar habitualmente dentro de la Unión Europea a otros países.
  • Sistema de facturación y contabilidad adecuado a tu volumen de operaciones.

Compras nacionales vs compras intracomunitarias vs importaciones

  • Compras a proveedores nacionales: factura con IVA español, que podrás deducir según tu régimen fiscal.
  • Compras intracomunitarias (dentro de la UE): con el ROI en regla, suelen facturarse sin IVA, aplicando el mecanismo de inversión del sujeto pasivo.
  • Importaciones de fuera de la UE: implican trámites aduaneros, DUA (Documento Único Administrativo) y liquidación de IVA e impuestos de importación.

Cada modalidad tiene implicaciones fiscales distintas, por lo que conviene contar con apoyo de una gestoría, especialmente al empezar a importar. Consulta nuestra guía específica sobre IVA y facturación en compras al por mayor para profundizar en cómo se refleja cada modalidad en factura.

Buenas prácticas de facturación con proveedores

  • Exige siempre factura con tus datos fiscales correctos.
  • Verifica que el proveedor tenga NIF/CIF válido antes de la primera compra (consulta nuestra guía sobre cómo verificar si un mayorista es legal y solvente).
  • Guarda toda la documentación de compra de forma ordenada para tu contabilidad.
  • Si compras a proveedores internacionales, conserva también la documentación de transporte y aduanas.

Cómo afecta esto al cálculo de tu margen

El IVA no debe incluirse como coste ni como ingreso al calcular tu margen de negocio, ya que se repercute y se liquida aparte. Consulta nuestra guía sobre cómo calcular margen al comprar al por mayor para ver cómo encaja esto en el cálculo completo, y usa la calculadora de margen mayorista para hacer números antes de comprometer un pedido.

Errores frecuentes

  • Empezar a comprar al por mayor de forma habitual sin estar dado de alta como autónomo.
  • No tramitar el ROI antes de comprar habitualmente dentro de la UE.
  • Aceptar compras sin factura por “ahorrar” en el precio, perdiendo la deducción de IVA y generando riesgo fiscal.
  • No llevar un registro ordenado de compras para la contabilidad.
  • Confundir el trato fiscal de compras nacionales, intracomunitarias e importaciones.

Resumen práctico

  1. Da de alta tu actividad como autónomo antes de empezar a comprar de forma habitual.
  2. Exige factura con tus datos fiscales en todas tus compras.
  3. Tramita el ROI si vas a comprar habitualmente dentro de la UE.
  4. Ten en cuenta que las importaciones de fuera de la UE implican trámites aduaneros adicionales.
  5. Apóyate en una gestoría para la parte fiscal, especialmente al empezar.

Esta información es orientativa; consulta siempre con una asesoría fiscal para tu caso concreto, especialmente antes de empezar a importar o de superar ciertos volúmenes de facturación.

Preguntas frecuentes

¿Puedo comprar al por mayor sin estar dado de alta como autónomo?

La mayoría de mayoristas serios exigen datos fiscales para vender con factura (NIF/CIF), por lo que lo habitual es estar dado de alta antes de iniciar la actividad de reventa de forma regular.

¿Qué es el ROI y cuándo lo necesito?

El Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) permite operar sin IVA en compras y ventas entre empresas de distintos países de la UE. Es necesario si vas a comprar habitualmente a proveedores de otros países comunitarios.

¿Debo declarar cada compra al por mayor por separado?

Las compras se registran como parte de tu contabilidad y declaraciones periódicas de IVA e IRPF (o Impuesto de Sociedades si operas como sociedad), no se declaran una a una de forma aislada; conviene llevar esta gestión con un gestor o asesoría.

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